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En octubre de 2019, FNAC puso a la venta el Huawei P30 por un importe de 124,90 euros para sus socios y 139,90 euros para el resto de los clientes.
Dado que se trataba de un terminal con un precio de 699,90 euros, se empezó a correr la voz y una gran cantidad de usuarios se hicieron el teléfono a este precio superreducido. En concreto, se adquirieron 12.911 unidades de este dispositivo.
Sin embargo, FNAC comenzó a cancelar los pedidos una vez confirmada la compra alegando un error tipográfico en el precio de venta del terminal.
Algunos compradores reclamaron a FNAC y, ante la negativa del establecimiento a vender el dispositivo al precio ofertado, solicitaron un arbitraje de consumo.
FNAC alegó que se trataba de «un error tipográfico» y que, tan pronto como se detectó, se corrigió y se cancelaron los pedidos, devolviendo el dinero a los compradores. Según la gran superficie, la diferencia de precio era tan elevada que cualquier comprador podría entender que se trataba de un error.
La Junta Arbitral Nacional de Consumo estableció que FNAC debía entregar el terminal móvil al precio ofertado, y ante la falta de stock, uno de similares o superiores características sin incremento de precio.
La Unión de Consumidores se ha ido oponiendo a las demandas de anulación presentadas por FNAC. Ahora, según informa El Economista, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón a los consumidores, obligando a FNAC a entregar el terminal al precio ofertado en su web.
Esta sentencia, contra la que no cabe recurso, argumenta que no existe motivo para la anulación del laudo de la Junta Arbitral Nacional de Consumo, imponiendo además las costas procesales a FNAC.